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"Amantes" exigen pensión en Tribunales

Imagen para ilustrar Pixabay

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26 de Enero 2018
La Ley para la Familia establece el derecho de pedir pensión, siempre y cuando la relación sentimental esté o haya estado fundamentada en el afecto, el consentimiento y la solidaridad aceptada.

El Poder Judicial del Estado informó que tiene abiertos, oficialmente, dos procedimientos contra hombres que mantenían una relación extramarital y cuyas mujeres demandaron una pensión alimenticia por los años de convivencia con sus parejas sentimentales.

“Quiero decirles que tenemos dos y que pudiera haber un tercero de ese tema en Saltillo, donde estas personas solo se atrevieron a hacer válido a lo que por ley tienen derecho”, explicó la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, Miriam Cárdenas Cantú, al precisar que ninguno de los casos ha sido resuelto.

La magistrada aseguró que por la secrecía, el juzgado no puede proporcionar el nombre de las demandantes ni tampoco en que proceso va la solicitud realizada durante 2016.

“Es bien difícil que yo pueda conocer a detalle de esos juicios porque son ocho distritos judiciales en todo el estado y son los juzgados los que lo resuelven; no soy yo quien esté inmersa en eso”, justificó.

Cárdenas Cantú indicó que desconoce si hay más demandas –que pueden existir- pero dijo que en todos los casos las mujeres están en su derecho porque la Ley para la Familia, aprobada por el poder legislativo en noviembre del 2015, establece la obligación de conceder pensión a la persona que, trars sostener una relación con alguien casado o en concubinato, demuestre quedar “desprotegida” económicamente al no contar con alguien quien la mantenga.

“Quien sienta que ha sido agraviada en una relación extramarital que ya culminó puede acudir con nosotros a solicitar asesorías para iniciar un trámite de pensión. Está en su derecho y estamos obligados a atenderlas”, subrayó.

LO QUE DICE LA LEY

De acuerdo a la Ley para la Familia, en su artículo 284 se establece el derecho de pedir pensión, siempre y cuando la relación sentimental esté o haya estado fundamentada en el afecto, el consentimiento y la solidaridad aceptada.

“También deben demostrar que sostienen una relación de convivencia estable, aunque una de las dos partes esté casada o viva en concubinato, además de acreditar que existe dependencia económica”, explicó Cárdenas Cantú.

En este contexto la presidenta del tribunal Superior de Justicia sostuvo que Coahuila brindará amparo legal a todas aquellas mujeres que tengan una relación extramarital con una persona casada, pues la ley para la Familia así lo contempla.

La Ley, aprobada en noviembre del 2015 no fija un periodo de duración para brindar esa protección legal y establece que la obligación de pagar pensión alimenticia se extingue cuando la persona que la recibe se encuentre unida a una pareja estable.

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