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Se mantiene penalización del aborto si es inducido por terceros

Gerardo Márquez Guevara, fiscal general del estado. Foto: Víctor Barrón

Gerardo Márquez Guevara, fiscal general del estado. Foto: Víctor Barrón

13 de Septiembre 2021

VÍCTOR BARRÓN

La despenalización del aborto se refiere a la decisión de la persona que va orientada a la interrupción del embarazo; sin embargo, es posible determinar como conducta delictiva aquella donde terceras personas obligan a la mujer en estado de gestación a practicarse un aborto, explicó el fiscal general de Coahuila, Gerardo Márquez Guevara. 

“Hay que recordar que el aborto no se despenaliza totalmente, es una parte la que se despenaliza, realmente la voluntad de la persona que decide interrumpir el embarazo, y sigue todavía en relación con terceras personas que lo inducen de manera dolosa para eso”, explicó. 

Y es este último escenario donde la Fiscalía tiene la posibilidad de actuar ante la probable comisión de un delito. 

“Hay casos en los que la determinación es, imagínense ustedes, es un ejemplo, claro, para que lo tomen como tal; pues, una relación de una pareja en la que el novio se da cuenta que está embarazada la novia y le exige, la conmina, la obliga, entonces esa parte sí es una conducta delictiva”, señaló el funcionario. 

Además, al enfatizar que la Fiscalía persigue los delitos que están tipificados en el Código Penal, Márquez Guevara señaló que el Poder Legislativo en Coahuila ya se encuentra delineando las modificaciones pertinentes luego de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Por lo tanto, el tema de las penalidades para el aborto inducido por terceros, mismas que en la actualidad no exceden los seis años, deberán reajustarse debido a estas reformas. 

Finalmente, Gerardo Márquez mencionó que del 2017 a la fecha, en Coahuila deben existir carpetas abiertas con la finalidad de iniciar una investigación y no propiamente para determinar la consignación ante un juez.