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Mediación evita la cárcel contra tres mil personas al año: PGJE

Eduardo Jara

Eduardo Jara

06 de Julio 2017
Este mecanismo no genera impunidad, pues si el ofensor reincide enfrentará un proceso judicial normal

Por: David González

 

La mediación del nuevo Sistema de Justicia Penal y que opera en Coahuila desde 2016, se pudo evitar que al año, entre dos mil 500 y tres mil personas que cometieron un delito fueran internados en un reclusorio.

Diana Marisol Flores Rivera, directora General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias de la Procuraduría General de Justicia del Estado, aclaró que el esquema no genera impunidad sino que el principal objetivo es que la víctima obtenga de manera oportuna una reparación del daño causado por el crimen.

Flores Rivera subrayó que con esta atención no buscan quitar trabajo a los tribunales, sino que es consecuencia secundaria de los acuerdos reparatorios.

Destacó que toda persona víctima de un delito en el nuevo Sistema de Justicia Penal, puede solicitar la conciliación. Dijo que las ventajas de este medio es que son rápidas efectivas y se logran acuerdos entre las partes.

No crea impunidad

La funcionaria explicó que ante la comisión de un delito no se crea impunidad, sino que se esclarece en una mesa de conciliación el porqué se cometió el delito y se establece la reparación del daño.

Mencionó que las personas que piensan que este modelo de justicia penal genera un perdón al delincuente y que este puede cometer el delito varias veces con sólo reparar el daño si lo sorprenden, la directora explicó que se busca fomentar una cultura de paz y diálogo no de castigo y privación de libertad.

Aclaró que al involucrarse en un delito, el señalado no puede resarcir el daño y luego reincidir, pues se cuenta con una base de datos donde el ofensor pierde el derecho de firmar un segundo acuerdo y el caso se lleva ante el Ministerio Público sin goce de un nuevo proceso de mediación.

No todos los delitos Marisol Flores Rivera advirtió que no todos los delitos pueden ser canalizados a un acuerdo reparatorio mediante medios alternos, ya que cuando hay homicidio doloso se descarta este beneficio.

“Aclarar que hay un catálogo de delitos específico porque no en todos los delitos procede un acuerdo reparatorio, que es el que se llega en la medicación penal.

Por ejemplo, proceden daños, lesiones, amenazas, fraude, abuso de confianza, robo simple, despojo”, así como incumplimiento de las obligaciones básicas de asistencia familiar, sustracción de menores por familiares, estupro, allanamiento de morada, acoso sexual y homicidio culposo, detalló.

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